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Miércoles, 08 de Septiembre de 2010 05:00 |
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Un concepto emanado de la Sección Primera, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado Nacional, ordena tajantemente a la Administración Municipal de Riohacha sancionar a los expendedores ilegales de combustibles o ‘pimpineros’.
El Consejo de Estado ordena al municipio de Riohacha "iniciar los procedimientos administrativos pertinentes para sancionar a los expendedores informales de combustible líquido derivado del petróleo, que no cuentan con la autorización legal para ello".
La decisión del Consejo de Estado ya había sido dictada en una primera instancia por un tribunal departamental, pero el Municipio apeló la determinación, la cual fue ratificada en una segunda instancia por el Consejo de Estado, por ello el fallo es en sentido de confirmación.
"Confírmese parcialmente la sentencia del seis de abril de 2006, proferida por el Tribunal Administrativo de La Guajira, en cuanto declaró responsable al municipio de Riohacha de la vulneración del derecho a la seguridad y prevención de desastres", señala uno de los apartes del fallo.
El fallo de ocho puntos indica en el quinto de ellos la conminación a los ‘pimpineros’ de Riohacha "para que se abstengan de comercializar y distribuir combustible de manera ilegal, so pena de incurrir en las sanciones previstas en la ley".
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